Modificación de la ordenanza general de urbanismo y construcciones

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Entre otras modificaciones están las que se refieren a los siguientes vocablos: lote, loteo de terrenos, urbanización y predio que tienen uso registral.

«Lote: Superficie de terreno continua resultante del proceso de división y urbanización del suelo, o de modificaciones, anexiones o sustracciones de la misma».

«Loteo de terrenos: Proceso de división del suelo, cualquiera sea el número de predios resultantes, cuyo proyecto contempla la apertura de nuevas vías públicas, y su correspondiente urbanización».

«Sistema de Información Geográfica (SIG): Herramienta informática que permite el manejo de información planimétrica georreferenciada en interacción con bases de datos asociadas».

«Urbanizar: Ejecutar, ampliar o modificar cualquiera de las obras señaladas en el artículo 134 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones que corresponde según el caso, en el espacio público o en el contemplado con tal destino en el respectivo instrumento de Planificación Territorial o en un proyecto de loteo».

«Predio: Denominación genérica para referirse a sitios, lotes, macrolotes, terrenos, parcelas, fundos y similares, de dominio público o privado excluidos los bienes nacionales de uso público».