
1. Vienes por primera vez a un congreso de CINDER, me gustaría que me dijeras cuales son los dos ejes principales del funcionamiento registral en Panamá.
Es la primera vez que vengo a CINDER, me ha parecido un foro muy interesante, se han tocado temas profundos. Con relación al sistema de inscripción panameño tenemos dos ejes principales. Uno es un sistema de registro de derechos jurídico en el que prima mucho la calificación registral pero ahora además ahora tenemos una nueva herramienta tecnológica que ejecuta en breve término esa calificación y ese examen riguroso que por años el registro panameño estaba haciendo de forma manual y ahora el nuevo sistema de inscripción registral que se llama CIR ha sido ejecutado por un firma española llamada FUTUVER ha simplificado inmensamente el flujo de información pero guardando siempre la seguridad jurídica que es lo más importante.
2. ¿Se podría decir que el sistema registral de Panamá es un elemento facilitador de los negocios?
Claro que sí. Tenemos larga data de negocios y el registro es un termómetro inmobiliario, económico pero sobretodo con la nueva herramienta es una forma muy sencilla de sacar sobretodo estadísticas de registros, cobros. Es tremendamente eficiente el sistema
3. Su intervención en CINDER me ha suscitado una pregunta importante, dentro del sistema de registro electrónico, lo que le llega al registrador una copia testimoniada de la escritura, no el documento en sí mismo. ¿eso plantea problemas al registro o es el modo habitual con el que van a trabajar los registros electrónicos?
Pienso que es el modo habitual en el que el futuro todos los registros tendrán que trabajar porque se trata de ir “despapelizando” la documentación, la forma de inscripción. En el registro, lo que ingresa el registro público lo que ingresa es una copia del protocolo de la escritura, o sea el documento original se queda en la notaría expide una copia y esa ingresa en el registro público. Una vez ingresada el documento es escaneado por lo que el calificador lo que recibe es la imagen escaneada de la escritura y eso es lo que califica. El documento….. se queda en una custodia de manera que ese documento no es tocado, manipulado, llevado de un lado a otro con la siguiente posibilidad de destrucción, de robo…. El sistema lo que permite es el escaneo de la imagen y eso es lo que se califica. El calificador lo ….. y todo el procedimiento se lleva vía imagen. El sistema tiene tantas bondades que al final lo que se calificó es lo que la imagen se la da la inscripción favorable y luego cuando el usuario viene retira en el centro de custodia ese documento físico ya registrado.
4. ¿Se puede decir que esa imagen es una copia electrónica de la matriz?
Así es y quiero decirle que en Panamá tenemos una legislación que dice que todo documento, en este caso, la copia auténtica de la matriz que ingresa en el registro público cuya imagen es escaneada y luego registrada se toma como documento auténtico. Es decir, esas imágenes y prestan plena prueba en los tribunales
5. ¿Hay protocolo electrónico en Panamá?
En este momento no hay pero está previsto y el registro público ya tienen notarías vistas para ser pioneras en este sentido porque tenemos un sistema que lo permite.