
Capítulo 1: ESTADO ACTUAL DEL SISTEMA
INTRODUCCIÓN
- Génesis.- Nuestro sistema se origina como una modalidad intermedia entre los Sistemas Francés y Alemán, con gran influencia de la Ley Prusiana de 1772 y presencia de las prescripciones de la legislación española, contenidas en la Real Pragmática de 31.01.1768, que estableció los Oficios o Contadurías de Hipotecas.
- La Inscripción es considerada solemnidad necesaria para transferir el dominio.
- Constituye Requisito, Garantía y Prueba de la posesión de inmuebles.
- Inscripción de efecto constitutivo.
- Voluntariedad de la inscripción.
- Normativa principal contenida en Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces.
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
- Conforma un Servicio Judicial a cargo de Abogados denominados Conservadores.
- Funcionarios dependientes del Poder Judicial.
- Existe la dependencia jerárquica de la Corte Suprema y una fiscalización permanente de la Corte de Apelaciones.
- El Presidente de la República realiza el nombramiento en conjunto con el Ministerio de Justicia y el Poder Judicial.
PRINCIPIOS DOCTRINARIOS
- Principios Registrales:
- Inscripción.
- Publicidad Registral.
- Legitimación.
- Consentimiento.
- Prioridad.
- Rogación.
- Tracto Sucesivo.
- Legalidad Registral.
- Especialidad o Determinación.
RESPONSABILIDAD
- Responsabilidad Administrativa
- Responsabilidad Funcionaria.
- Responsabilidad Civil.
- Responsabilidad Tributaria.
- Responsabilidad Social.
- Responsabilidad Laboral.
- Responsabilidad Política.
- Responsabilidad Ética.
REGISTROS
- Registro de Propiedad.
- Registro de Hipotecas y Gravámenes.
- Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar.
- Registro de Comercio.
- Registro de Minas.
- Registro de Aguas.
- Registro de Prendas.
COMPETENCIA
- Territorio Jurisdiccional del respectivo Tribunal o Corte de Apelaciones.
- Categorías; Comuna o agrupación de Comunas, Capital de Provincia y Asiento de Capital de Región.
- Caso especial del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.
- Técnica Registral: Folio personal. Empleo como técnica registral del Folio Real, para otorgamiento de Certificaciones vía telemática.
- Libros y Registros: Anuales, Escritos y Públicos.
- Inscripciones, Subinscripciones, Protocolizaciones de planos y Agregación de documentos.
- Otras funciones: Integrantes de las Juntas Electorales.- participación directa en la organización y desarrollo de los procesos electorales. Gran reconocimiento a la independencia y autonomía de la función.
TIPOS DE INSCRIPCIONES
- Registro de Propiedad: Títulos translaticios, posesiones efectivas, testamentos, herencias y adjudicaciones.
- Registro de Hipotecas y Gravámenes: Hipotecas, censos, servidumbres, usufructos, derechos de uso y otros.
- Registro de Interdicciones y prohibiciones: Declaración de interdicción y rehabilitación, quiebra, embargos y prohibiciones judiciales o convencionales sobre bienes inmuebles.
NORMATIVA LEGAL
- Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces.
- Código Civil.
- Código Orgánico de Tribunales.
- Código de Procedimiento Civil.
- Código de Comercio.
- Código de Minería.
- Código de Aguas.
- Leyes Especiales.
FINANCIAMIENTO Y COSTOS
- Autogestión Económica.
- Arancel fijado por Ley. Ministerio de Justicia y Cortes de Apelaciones, fiscalización y regulación de aranceles.
- Costo Inscripciones.- Con excepción de los Oficios Conservatorios más grandes del país, que poseen un Arancel obligatorio de hasta el 2 por mil sobre el monto o cuantía del contrato, la gran mayoría de los Oficios pueden cobrar hasta el 3 por mil, con un tope de aplicación de una cuantía no superior a $128 millones, es decir no más de 470 euros de coste o derechos.
- Otras Actuaciones: Derechos Fijos.
- Exenciones y Rebajas.
- Cotejo de costos con otras gestiones legales.
Capítulo 2: PROYECTO DE REFORMA DEL SISTEMA REGISTRAL
Proyecto de Reforma del Sistema Registral Chileno
I.- Registros:
- Estructura orgánica de los Conservadores.- definidos como ministros de fe encargados de llevar registros conservatorios de propiedad, aguas, hipotecas, prohibiciones de enajenar, comercio, poderes, minas, prendas.
- Organización territorial: determinada por una Superintendencia (Quiebras y Registros) Facultades de creación, modificación y supresión de cargos, previa aprobación de un Consejo Asesor dependiente del Ejecutivo. La división o supresión sólo cuando territorio u oficio se encuentre vacante. Funcionarios (Conservadores) podrán constituirse en E.I.R.L En toda circunstancia el titular de ella responde con su patrimonio sin limitación de los perjuicios, generados por sus actuaciones.
- Nombramiento: Por licitación pública, convocada por la Superintendencia y adjudicada por ella. Período de duración del cargo, determinado por bases de la licitación, no inferior a seis años ni superior a diez. Prohibición de ejercer la función por más de dos períodos consecutivos en un mismo Oficio.Requisitos para postular:
- Abogado, antigüedad 5 años mínimos.
- Salud compatible.
- Exigencias en bases de licitación.
- Causales de Cesación en el cargo:
- Cumplimiento del plazo contrato.
- Inhabilidades establecidas en la ley.
- Renuncia.
- Pérdida sobreviniente
- 75 años de edad.
- Fallecimiento.
- Terminación anticipada del contrato por incumplimiento de obligaciones.
- Demás causales señaladas en bases de licitación y en el contrato.
- La Superintendencia declara concurrencia de las Causales, de oficio o a petición de parte.
- Causal Especial de Término: Salud Incompatible al usar licencia médica en lapso continuo superior a 3 meses
- Incompatibilidades:
- Función del Conservador incompatible con la de Notario.
- Percepción de cualquier beneficio económico de origen privado o público.
- Ejercicio de la Abogacía. Obligaciones y Fiscalización
- Obligaciones:
- Asistencia diaria obligatoria
- Desempeño personal de sus funciones.
- En una o más oficinas horario señalado por el Reglamento, no inferior a 8 horas diarias.
- Fiscalización:
- A cargo de la Superintendencia Responsabilidades y Sanciones, Supervigilancia.
- Conservador titular y subrogante en el cargo solidariamente responsable.
- Superintendencia de Quiebras y Registros
- Intendencia de Registros. Organismo encargado especialmente de fiscalizar a los Conservadores.
- Servicio Público descentralizado.
FUNCIONES:
-
- Fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de los Conservadores, Notarios y Administrador del Portal.
- Dictar Normas necesarias para el debido funcionamiento de la actividad.
- Potestad normativa.- Interpretar administrativamente leyes, reglamentos y demás normas que rigen a personas o entidades fiscalizadas.
- Dictar normas de general aplicación para personas y entidades fiscalizadas.
- Particularmente respecto de conservadores y notarios dictar todas las disposiciones necesarias para funcionamiento de libros y registros.
NORMAS SOBRE REGISTRACION
-
- Modernización y sistematización de normas (Derechos de propiedad sobre inmuebles y sus limitaciones)
- Folio Real: Formato definido por la Superintendencia en el respectivo Reglamento, para todos los efectos legales, este Registro equivaldrá al Registro de Propiedad.
REGISTRO DE COMERCIO Y DE PODERES
- Instrumentos que obligatoriamente deben inscribirse:
- Capitulaciones Matrimoniales, inventarios solemnes, actos de partición, sentencias de adjudicación, escrituras públicas de donación, venta, permuta u otras que impongan alguna responsabilidad a alguno de los cónyuges a favor del otro.
- Sentencia de Divorcio o separación de bienes, y las liquidaciones practicadas para determinar especies o cantidades que deben entregar los cónyuges.
- Documentos justificativos de los haberes del hijo o pupilo que estaba bajo potestad del padre, madre o guardador.
MEDIDAS DE PUBLICIDAD
- Seguridad y Exhibición de Registros Conservatorios: Permite consulta directa en la misma oficina y examen por toda persona que desea hacerlo.
- Obligación de Otorgamiento de Copias y Cerificados: Otorgamiento de todas las certificaciones que se le soliciten judicial o extrajudicialmente, respecto de lo que consta y no consta en sus Registros
INSCRIPCIONES
- Se hace necesario requerimiento del Notario para la inscripción del título que deben o pueden inscribirse.
- Voluntariedad de la inscripción.
- Admisión como autenticas copias obtenidas a través del portal.
- Superintendencia determinará formatos y procedimientos a emplear para que estos mismos Registros se lleven en soporte electrónicos.
RENTAS DE CONSERVADORES
Fijación. (Procedimiento)
- Decreto Supremo del M. Justicia y suscrito por M. de Hacienda.
- Publicidad. Sitio Internet disponibles para consulta en el Portal.
- Modificaciones deberán contar con aprobación Consejo Asesor.
- Pagos deberán efectuarse a través del Portal
IMPLEMENTACIONES TECNOLOGICAS
- Plataforma Electrónica Procedimiento de Licitación.
- Portal – Firma electrónica.
- Administrar Registros conservatorios.
- Organización y estructura de la administración del Portal. Conectividad telemática entre Notarias, Conservadores y Archiveros, y sus usuarios.
- Conformidad a Ley 19.799. sobre documentos electrónicos Firma electrónica y servicios de certificación.
- Adecuada prestación de funciones públicas de firma electrónica avanzada.
- Repositorio o archivo electrónico.
- Entidades certificadoras acreditadas
SOLICITUDES DE INSCRIPCIONES ELECTRONICAS
- Presentación de documentos vía telemática y firma electrónica avanzada.
- Remisión del documento a través del sistema de información y constancia en el repertorio.
- Ingreso al CBR.
ACCESO TELEMATICO A LOS REGISTROS
- Consulta vía telemática al contenido de los Libros
- Restricciones.
- Modelo informático de solicitud y acceso.
- Identificación del solicitante: Apellidos, Nombre, C.I. o Razón social, RUT., Correo electrónico, firma electrónica.
- Resolución al acceso solicitado. Plazo, notificación y alcance.
FUNCIONES ADMINISTRADOR PORTAL
- Diseño del Portal y su administración.
- Efectuar administración de los recursos.
- Mantener los soportes electrónicos correspondientes a todos los modelos informáticos de todos los instrumentos.
- Asegurar duplicidad y respaldo permanente de los soportes electrónicos.
- Asegurar acceso permanente y seguro a los sistemas y soportes para realización transacciones electrónicas.
OBLIGACIONES DE LOS CONSERVADORES RESPECTO PORTAL
- Deberán permanecer interconectados al Portal.
- Llevar en los sistemas de información del Portal un Repertorio electrónico.
- Deber de actualización de Registros.- el mismo día en que se presenten títulos o instrumentos.
- Inscripciones y demás actuaciones se llevarán en Registros Electrónicos.
- Deberán comunicar al Notario interviniente, a través del Portal todos los antecedentes relacionados con las actuaciones relacionadas con anotaciones, calificación, inscripción o denegación del acceso al Registro.
- Emisión y transmisión electrónica de copias autorizadas, certificaciones, etc.
- Mantener acceso público a repertorios y registros, para lo cual deberán contar permanentemente con recursos computacionales, terminales, sistemas informáticos y de redes para consultas del público gratuitas.
OTRAS FACULTADES FISCALIZADOR
- Potestad sancionadora.- impondrá sanciones cuando, acorde reglas de procedimiento, haya obtenido convicción sobre incumplimiento de normas relacionadas con sistema registral, como relativas al funcionamiento del Portal.
- Penas pecuniarias que van desde 500 a 5.000 UTM.
- Sanciones pueden alcanzar hasta terminación anticipada del contrato o destitución del cargo.
- Cualquiera persona podrá denunciar, sin necesidad de demostrar interés actual.
- Evaluación de Conservadores, de acuerdo a índices y estudios practicados sobre calidad del servicio.
CONSEJO ASESOR DE LA SUPERINTENDENCIA.
ESTRUCTURA.
- Subsecretario de Justicia, Subsecretario de Hacienda Superintendente de Quiebras y Registros. Un representante del Poder Judicial. Un académico de Derecho. Un académico del área de Economía Un representante de los Conservadores y Notarios, sólo con derecho a voz.
DURACION
- Cuatro años, renovables por una sola vez.
- Serán remunerados. Nombramientos. Presidente de la República.
FUNCIONES CONSEJO ASESOR
- Resolver proceso de licitación del cargo de Conservador.
- Aprobar creación, modificación o supresión, a propuesta de la Superintendencia, de las unidades territoriales que constituirán ámbito de competencia de los Conservadores.
- Resolver proceso de licitación del Administrador del Portal.
- Proponer modificación de los Aranceles de Conservadores y Notarios.
- Las demás que le encomienden las leyes.
CONSIDERACIONES ESPECIALES
- Procedimiento gradual y ordenado hacia el nuevo sistema.- entrará en vigencia a partir publicación del último decreto con fuerza de ley a que ella se refiere. (Reglamentos)
- Proyecto comprende 287 disposiciones permanentes y 19 normas transitorias.
- Un gran número de materias queda entregada a posterior regulación mediante dictación de Reglamentos.
Capítulo 3: DEFICIENCIAS E IMPLICANCIAS PROYECTO DE REFORMA
- Se trata de un proyecto carente de sistematización y ordenamiento normativo.
- Pérdida de la independencia y falta de garantías para una función objetiva y segura.
- Temporalidad de los cargos
- Falta de autofinanciamiento adecuado para un optimo desempeño funcionario.
- Ausencia de requisitos de admisión académicos y profesionales
- Carencia de una efectiva carrera funcionaria.
- División del Conservador de Santiago.
Capítulo 4: PROPUESTAS DE LOS CONSERVADORES CHILENOS
MODIFICACIONES ORGANICAS Y FUNCIONALES
- Reforzamiento de la independencia, autogestión y financiamiento del oficio.
- Dependencia funcionaria con características similares al actual sistema
- Organismo no dependiente del poder ejecutivo
- Fiscalización a cargo de un organismo técnico autónomo como la Dirección General del Registro y Notariado.
- Acceso al cargo por medio de un proceso de selección académica y técnica.
- Exámenes de ingreso.
- Carrera funcionaria profesionalizada y capacitación permanente
- Procedimiento de selección publica, objetiva e igualitaria para quienes reúnan requisitos, acordes con principios de idoneidad.
- Colegiatura obligatoria.
IMPLEMENTACIONES TECNICAS
- Adopción de la técnica del folio real, en reemplazo del actual sistema del folio personal
- Fortalecimiento de la obligatoriedad de la inscripción
- Amplitud de la función calificadora, actualmente insuficiente y débil
- Complementación mediante adecuadas bases gráficas, preservando autonomía entre el registro y el catastro.
- Fortalecimiento de la protección a los titulares registrales
- Destino único de ingresos a la actividad registral
- Calificación activa y permanente al desempeño profesional
MODERNIZACION
- Interconectividad obligatoria.
- Uso del documento electrónico y FDA.
- Protección y resguardo de la información registral por un sistema de publicidad segura (digitalización).
- Empleo de altos estándares de seguridad en manejo de información.
- Portal electrónico a cargo de operadores del Registro para preservar independencia.
CREACION E IMPLEMENTACION SIRI
- Sistema de información registral interconectado
- Creación: Corporación Chilena de Estudios Registrales.
- Administración y dominio Sociedad de Servicios Registrales S. A.
- Integrantes.- Incorporación voluntaria de los conservadores de Chile.
- Proyecto financiado íntegramente por conservadores Chilenos.
OTRAS INICIATIVAS
- Certificaciones con firma electrónica
- Digitalización de inscripciones.
- Geo-referenciación
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CARRERA FUNCIONARIA
Fundamentos.
- Carrera funcionaria profesionalizada.
- Creciente grado de especialización en razón a:
- Multiplicidad de normas e intereses
- Desarrollo del tráfico inmobiliario
- Ejemplo positivo del derecho comparado.
- Transparencia y credibilidad.
- Bases para la carrera funcionaria.
OTRAS MATERIAS
- Fijación de aranceles objetivos y reales, con empleo de estudios técnicos de respaldo.
- Privilegiar seguridad del título por sobre seguro de título.
- Creación de una academia del registro destinada a estudios y formación profesional
- Obligatoriedad de incorporar el Derecho Registral en la enseñanza universitaria
- Territorialidad de los oficios registrales y separación de cargos de Conservador y Notarios. (Situaciones especiales).
- Materialización de división del Conservador de Santiago.
ESTADO ACTUAL INICIATIVAS
- Envío de las propuestas al Ministerio de Justicia.- Se encuentran en estudio desde su ingreso, año 2007.
- Reuniones diversas con Ministerios de Justicia y Hacienda, analizando propuestas.
- Proyectos de agenda corta, analizados con representantes del Poder Legislativo.