Editorial – Edición N° 13

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La posibilidad legal de hacer uso del documento y de la firma electrónica avanzada y del folio real en la operatoria registral -como instrumento de apoyo en tanto no sustituya al folio personal-, el empleo de la computación para generar los asientos registrales y sus copias, índices y certificados -especialmente de hipotecas y gravámenes y de interdicciones y prohibiciones -la incorporación de la Internet para acercar los oficios conservatorios a los usuarios, y por ende la digitalización de inscripciones y planos que permitan accesarlos por la Internet, en fin, todo ello es lo que la telemática aplicada a la tarea de los Conservadores permitirá que esta función, tan importante en el ordenamiento jurídico y económico, sea todo lo eficiente que es de desear. Esto requiere de una inversión importante en tecnología informática que, para que dé los resultados óptimos deseables, hace necesario contratar, previamente a la adquisición de los equipos, una consultoría para diseñar un sistema de Intranet e Internet, como así también un adecuado sistema de intercomunicación de todos los oficios registrales del país mediante la confección de los programas computacionales indispensables para ello. Para tales efectos se requiere de un adecuado sistema de financiamiento que debe comprender además el posterior desarrollo y perfeccionamiento de un proyecto de tal naturaleza y, desde luego, la recuperación de la inversión, para lo cual debe diseñarse también un adecuado proyecto económico, máxime cuando los Conservadores, por la naturaleza del cargo que desempeñan, la información que administran y que con un proyecto como éste se pretende mejorar, deben, desde luego, tener la seguridad de que la inversión que hagan puedan recuperarla y que las obligaciones pendientes de pago, si por algún motivo dejan de desempeñar el cargo, puedan traspasarla a su sucesor en el Oficio, puesto que lo ya invertido y las obligaciones que tuviera pendientes con motivo de su participación en este proyecto van en beneficio de los usuarios del servicio registral y no en el propio. Un sistema adecuado para obviar dificultades como las señaladas, que podrían significar una justificada reticencia a participar en este proyecto que permitirá contar con un sistema registral moderno y más eficiente y que por apuntar a mejorar su gestión tiene alcances sociales y económicos evidentes, debe considerar para su adopción, puesta en marcha, desarrollo y posterior mejoramiento, de algunos de los mecanismos que a continuación se proponen o de la combinación total o parcial de ellos. Tales mecanismos o sistemas de financiamiento y de la normativa adecuada para su funcionamiento, sin perjuicio de que probablemente existan otros mejores, son los que se indican. A) Que la empresa externa que se adjudique la propuesta a la que para tales efectos se convoque, financie el proyecto recuperando su inversión con una participación en los derechos arancelarios que se cobren por las actuaciones registrales habituales o por aquellas en que de algún modo, y de manera total o parcial se aplique la tecnología informática en el marco de este proyecto. B) Financiar el proyecto con un préstamo a largo plazo, para lo cual existen especiales condiciones que, para el desarrollo de proyectos como el propuesto consultan ciertas instituciones de crédito con las cuales el Colegio de Registradores de España, en el marco del Convenio que tiene con nuestra Corporación, puede transformarse en el prescriptor técnico para los fines señalados. C) Dado que un proyecto como el propuesto debiera tener cobertura nacional y por ende participar en él todos los Conservadores, ya sea que se opte por uno u otro sistema de financiamiento, éstos debieran constituir, como personas naturales, una sociedad comercial que sería la entidad contratante sea que se opte por las formulas a) o b) propuestas u otra de la que existen en el mercado. En uno u otro caso puede incluso tal sociedad estar formada, sino por todas las personas que desempeñan el cargo de Conservador, por lo menos por aquellos que quieran incorporarse al proyecto. D) Que se contemple en el arancel un derecho convencional para aquellas actuaciones registrales que fueran practicadas, a petición del interesado, con sistemas informáticos en el marco de este proyecto, lo cual podría motivar a los Conservadores renuentes a incorporarse a la modernización a hacerlo voluntariamente. E) Que se dictara una normativa que, a la vez que haga obligatoria la incorporación de medios informáticos a la gestión registral para los fines ya señalados, establezca también la obligatoriedad de contar con dicho sistema a quienes asumen el cargo de Conservador, para así mantener en el tiempo y en todos los Oficios Registrales del país el sistema propuesto sin dejar sujeto a la sola buena disposición del funcionario a cargo del Oficio o sus sucesores, la continuidad en el uso de la informática en la gestión registral y. F) Disponiendo, según lo ya dicho, de la telemática para la optimización de la tarea registral, viene a resultar consustancial a ello el documento electrónico suscrito con firma electrónica avanzada, tanto en lo que dice relación con las copias de los instrumentos sujetos a registración como en las copias de las inscripciones conservatorias y los certificados que en relación a los derechos inscritos se otorguen por los Conservadores y suscritos con firma electrónica avanzada. Unas y otras firmas, de Notarios y Conservadores, deberán ser certificadas por la entidad certificadora que de estos mismos Auxiliares de la Administración de Justicia dependa.Edmundo Rojas García